Archivo por categorial: Cómo contratar seguros
Escrito por Angel del Amo el 2 febrero, 2011
He leído en el blog de Carlos Biurrun, que está haciendo un gran trabajo en los últimos meses, un artículo sobre lo que piensa google de los seguros, o mejor como adaptaría la mega marca, su filosofía al negocio asegurador. En un artículo de Oscar Paz tenemos las claves que se exponen en el libro “Y google como lo haría” que sirve de fundamento de este debate y que escribió el periodista Jeff Jarvis.
Para empezar nos sueltan que el sector asegurador no puede entrar dentro de la filosofía google porque se basa en la desconfianza. Y es cierto, nadie se fía de nadie, los clientes piensan que las aseguradoras les engañan, las aseguradoras piensan de los clientes que son un mal necesario. Son prácticamente enemigos.
Los internautas seguidores de Jarvis, en contra de su postura, sí que ven posibilidad de “salvar” el sector seguros para la causa google; y en su blog le dan opiniones de como hacerlo; patrocinando eventos saludables que las hagan confiables, ofreciendo datos de como funcionan, evolucionar hacia nuevos riesgos, pero el que mas me ha sorprendido es que la compañía entregue el control a los asegurados haciéndolos conscientes de que cuanto menos siniestro menos prima… Y esto es una mutua. La Mutua Google.
Personalmente no veo la necesidad de crear mutuas, la última que se intento fundar para cubrir una necesidad que faltaba en el mercado fue la Mutua Motera, que creo que ha abandonado la posibilidad de hacerlo, porque no tiene sentido, no pueden hacerlo más barato que las aseguradoras.
Por lo tanto no veo la solución por ahí.
Volvamos al principio, el problema para que los seguros entren en la nueva forma de ver los negocios, en la nueva manera de entenderse las empresas con los clientes, es la desconfianza. Decía que asegurados y clientes desconfían unos de otros. Quizá debamos recordar que en el mercado hay una figura que precisamente tiene la confianza del asegurado: el mediador de seguro. Ese rara avis que se enfrenta a la aseguradora día sí día también, para defender al asegurado.
Quizá el nivel de confianza mediador cliente no se haya llevado al límite, y podamos caminar un poco más en dirección a la filosofía de futuro, hacía un escenario google, en el que el protagonista sea quién tiene el conocimiento, y lo pone al servicio del usuario abiertamente.
Escrito por Angel del Amo el 19 enero, 2011
Ayer hice un experimento, me senté con un grupo de empresarios de distintos y variados sectores con el propósito de que preguntaran lo que quisieran sobre el mundo de los seguros y con mi compromiso de contestar, en la medida de lo posible, sus dudas, y de esta manera tratar de dar un poco de luz a este negocio tan opaco para el empresario.
Los emprendedores ”utilizados” han sido los miembros del grupo de networking que dinamiza N&N, en EMPESA (Móstoles).
Hice la convocatoria cinco días antes del evento, y durante esos días me plantee que podrían preguntar, pensé que un empresario estaría interesado en el negocio en sí, como ganan dinero las aseguradoras, los mediadores… creía que preguntarían de donde salen las tarifas o por la formula para abaratar los costes de sus seguros…
Llegó el día y nada que ver. Agradable sorpresa. Del grupo de más de 20 emprendedores el tema estrella, el de más preocupación, y por lo tanto el que más preguntas concentro resulto ser la responsabilidad civil. El empresario está preocupado por los daños que puede ocasionar, hubo de todo, explotación, intoxicación, inmobiliaria… incluso en el ámbito familiar.
Derivado de este salieron problemas de reclamación de daños, y hubo caras de sorpresa al ver que existen seguros de protección jurídica.
Los empresarios demostraron tener curiosidad por los seguros de vida riesgo, así como mucho interés en los seguros de ahorro, tanto como desconocimiento de los productos que existen y sus posibilidades.
Además de esas hubo preguntas dispares, desde peculiaridades de los seguros de viaje, de comercios, hogares, o la situación del fraude en el sector… Pero nada de nada de agua, nada de automóvil, salud, transportes… ni de precios…
En definitiva: variedad en las cuestiones, mucho interés y conocimientos básicos. Creo que la experiencia demuestra que los emprendedores tienen interés en conocer sobre seguros si les das la oportunidad, que son conscientes de que sus empresas pueden ocasionar daños, y están más preocupados por la jubilación, que por la invalidez…
Sin duda una actividad que da que pensar ¿contamos al empresario lo que le interesa? ¿le explicamos todas las posibilidades del mercado? ¿Está en sintonía el sector seguros con el resto de la industria?
Ya estoy pensando en repetir la experiencia…
Escrito por Angel del Amo el 30 noviembre, 2010
Vuelvo a bajar el nivel y a hablar de cosas que mucha gente sabe pero que otra mucha desconoce: ¿Cómo se anula una póliza de seguro?
Tenemos que empezar por el principio, ¿qué es una póliza? Una póliza es un contrato. Y como contrato en el se regulan una serie de relaciones contractuales acordadas entre el asegurador y el tomador de la póliza. Entre ellas la forma de anular el propio contrato.
Las normas básicas de estas pólizas de seguro están reguladas por la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Esta ley en su artículo 22 determina que los contratos de seguros puedan ser prorrogables, y la inmensa mayoría son así. O sea, que se prorrogan automáticamente, salvo pacto en contra, o si una de las partes quiere anular la póliza.
Si no hay acuerdo, y la decisión de anulación la toma una de las partes, el único requisito para poder dar de baja la póliza es advertirlo a la parte contraria con dos meses de antelación a la conclusión del periodo en curso. Por lo tanto, esta es la Ley, hoy vigente, y así la forma en que se debe actuar.
Queda claro que para dar de baja una póliza hay que advertirlo. ¿Pero qué pasa si no lo advertimos como marca la Ley?
El artículo 15 nos da la respuesta:
Si por culpa del tomador la primera prima no ha sido pagada, o la prima única no lo ha sido a su vencimiento, el asegurador tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima debida en vía ejecutiva con base en la póliza. Salvo pacto en contrario, si la prima no ha sido pagada antes de que se produzca el siniestro, el asegurador quedará liberado de su obligación.
En caso de falta de pago de unas de las primas siguientes, la cobertura del asegurador queda suspendida un mes después del día de su vencimiento. Si el asegurador no reclama el pago dentro de los seis meses siguientes al vencimiento de la prima se entenderá que el contrato queda extinguido. En cualquier caso, el asegurador, cuando el contrato este suspenso, sólo podrá exigir el pago de la prima del período en curso.
Así que la cosa queda clara, si devolvemos el recibo, nos lo pueden reclamar con TODAS LAS DE LA LEY…
Hoy se puede devolver un recibo del banco incluso 60 días después de haberlo pagado, parece un derecho adquirido, que se puede ejercer libremente, pero ojo que podamos dejar de pagar, no quiere decir que no lo debamos. Si nos reclaman tendremos que pagar.
Escrito por Angel del Amo el 29 abril, 2010
El titular es tan sorprendente como real: ” Miles de compradores por internet venden su alma por no leer la letra pequeña“.
¿Increible verdad?
“La tienda de videojuegos ‘GameStation’ ha revelado que posee las almas de unos 7.500 clientes gracias a una cláusula legal que incluyó en los términos y condiciones de compra de su tienda ‘online’”
No se como se valoran las almas, o si hay un mercado secundario; pero lo cierto es que no leer la letra pequeña trae consecuencias.
La clausula añadida a las compras hechas por internet, un sólo día (el April Fool’s Day), fue “you agree to grant Us a non transferable option to claim, for now and for ever more, your immortal soul“. Así que si aceptaste la compra y tienes un alma inmortal ahora podrá ser reclamada por la empresa, eso sí, enviándote “una llameante reclamación de siete metros de altura” (we reserve the right to serve such notice in 6 (six) foot high letters of fire).
Me pregunto ¿Cuántas clausulas de “cesión de alma” se firman a las aseguradoras cuando se contrata por internet o por teléfono?
En este caso creo que la empresa de videojuegos no tiene intención de reclamar las almas, eso sí: ¡¡¡yo no le firmaría algo parecido a una aseguradora ni siendo ateo!!!
VIA| El Mundo
Escrito por Angel del Amo el 9 julio, 2009
El seguro del coche es obligatorio en casi todo el mundo civilizado, por eso posiblemente es al que estamos más acostumbrados y del que creemos saber más cosas.
Mi consejo va a ser siempre el lógico: dejarse ayudar. Mejor dejarse ayudar por alguien que quiera y tenga conocimientos: un mediador de seguros. Así que lo práctico será visitar varios de estos profesionales y dejarnos guiar por sus conocimientos, no solo de los seguros en general sino de cada compañía en particular.
Lo principal es que nos hagan entender que tipo de seguro necesitamos: uno que cubra los daños que provoquemos (el mínimo obligatorio), o necesitamos ampliar las garantías hasta asegurar nuestro propio vehículo. Para eso tendremos que valorar el precio del coche, su antigüedad, el uso que le damos…
No podemos dejarnos engañar por el nombre del seguro, aunque todas las aseguradoras usen el titulo de Todo Riesgo, ni cubren todo, ni son iguales.
Debemos fijarnos en detalles como hasta que momento indemnizan el coche como nuevo, 1 año, 2 años, o incluso hay compañías que ya ofrecen 3 años de valor de nuevo.
Imprescindible también que después de esos 2 o 3 años, el valor de indemnización que nos ofrezcan no sea simplemente el valor venal, hay que buscar el valor mejorado y ¡atentos hasta que antigüedad del vehículo! porque algunas llegan hasta los 10 años de antigüedad del vehículo para la cobertura de valor mejorado.
La reclamación de daños; para mi es importante tener un limite alto en esta garantía. Si no confiamos en los abogados de nuestra aseguradora, o si por alguna circunstancia queremos nombrar uno no es aconsejable tener capitales menores a 3.000€ cubiertos.
El seguro de accidentes del conductor no creo que sea muy importante, porque todos deberíamos tener uno general, no especifico para el coche, pero con la garantía de asistencia sanitaria hay que tener mucho cuidado. La Seguridad Social no cubre los accidentes de tráfico y son las compañías las que pagan estos gastos. Debéis exigir que en vuestra póliza incluya los gastos sanitarios de manera ilimitada durante dos años.
Hoy por hoy es habitual en casi todas las compañías cubran el curso de la recuperación total de los puntos del permiso de conducir, pero se puede llegar más allá y tener cubierto la recuperación parcial de los puntos. Tened en cuenta que se también se puede asegurar un subsidio mensual en caso de perder el carné, y se puede obtener hasta por 24 meses.
Interesante es contar con cobertura en caso de daños atmosféricos, pedrisco, etc…
Muchas pólizas incluyen garantías de asistencia jurídica, como reclamación en caso de reparaciones defectuosas del vehículo, y algunas otras muy recomendables.
Hay otras decenas de garantías que hay que estudiar si nos interesan, como la responsabilidad civil del equipaje, no tener que declarar los extras, etc…
Además de estas cuatro cosas hay que escuchar al profesional, que nos diga que compañías funcionan mejor en esa zona, cual le resuelve los problemas antes, etc… Parece increible pero una aseguradora cambia la forma de actuar dependiendo de la sucursal que atienda.
A las compañías de seguros las hacen buenas las personas, si hay personal preparado funciona mejor que si no lo hay. Por eso, siempre, pregunta a los agentes y corredores de la zona, con facilidad encontrarás una oferta mejor que haciendolo directamente con contra la compañía.
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